Skip to content

NORMATIVA (RIPCI - RD 513)

Cómo instalar una BIE (puesto fijo) según el RD513

ESQUEMA DE INSTALACIÓN

INFOGRAFÍA:
Boca de incendio Equipada (B.I.E)

Tal y como te contábamos en nuestro blog, el nuevo Real Decreto 513 trae consigo muchas novedades en la instalación y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios que queremos seguir desgranando. Hoy te mostramos de forma visual y sencilla cómo es el esquema de instalación de un puesto fijo (BIE) según el RD513, que desarrolla el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).

ESQUEMA INSTALACIÓN DE BIE (BOCA DE INCENDIO EQUIPADA)

ASPECTOS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA EN LA INSTALACIÓN DE UN PUESTO FIJO A PARTIR DEL RD513

  • El puesto fijo debe estar colocado a un máximo de 5 metros de la salida del sector de incendio, tener un recorrido horizontal tope de 25 metros del origen de evacuación y no superar los 50 metros de distancia entre dos BIEs.
  • La longitud máxima de las mangueras planas tendrá 20 metros y no será mayor de 30 metros si la manguera es semirrígida.
  • La boquilla y la válvula de apertura manual del BIE estarán ubicadas a una altura máxima de 1,5 metros.
  • La parte inferior del cartel que avisa de la presencia de un extintor o BIEs se ubicará entre 1,5 y 2,20 cm del suelo y siempre respetará una distancia mínima de 30 cm respecto al techo.

ALTURA DE INSTALACIÓN Y OTRAS CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS BIE

  • Los pulsadores y extintores deberán quedar colocados entre 0,80 y 1,20 metros de altura; Si bien, según ha venido explicando el Ministerio, esta medida solo afectará a nuevas instalaciones.
  • Se ha fijado una vida útil máxima para algunos dispositivos de protección contra incendios.  Por ejemplo, los fabricantes de detectores y señales fotoluminiscentes establecerán su duración y, en su defecto, será de diez años. En el caso de las  mangueras de las BIEs será de veinte años. Este requisito tendrá aplicación únicamente para elementos instalados a partir de la entrada en vigor del presente reglamento.
  • Se incluyen nuevos sistemas en el anexo I relativo a características de los mismos, como pueden ser los sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados, sistemas para control de humo y calor, mantas ignifugas, alumbrado de emergencia y señalización luminiscente.